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El aire de la ciudad hace libreUna breve historia Muchas de las ciudades que conocemos hoy día se crearon a partir de núcleos episcopales o
fortificaciones militares. Otras muchas, en cambio, nacieron de localizaciones
industriales o mineras, agrícolas o pesqueras. Los mercaderes e industriales formaron la burguesía que luchó contra la nobleza y el clero que querían seguir manteniendo sus privilegios, sus tributos y sus diezmos. Se organizaron en gremios para producir y vender sus mercancías y establecieron un derecho y unas instituciones que las regulasen, convirtiendo la ciudad en una colectividad gobernada por un Consejo, que dio estabilidad política a la organización económica. Estos estatutos municipales regulaban los órganos de poder concediéndoles atribuciones parecidas a las de un Estado moderno. A este respecto Antonio García-Trevijano1, buscando los antecedentes del republicanismo, del estado y de la soberanía posterior, dice que:
Dentro de ellas hubo muchas luchas de poder pues la nobleza deseaba mantener
a las
ciudades sujetas a su señorío, la Corona exigía estar presente en su dirección y los
patricios querían eliminar la democracia para que el comercio floreciese sin
cortapisas. Los reyes sabían la importancia económica y social que tenían las ciudades e intervinieron en ellas, unas veces como instrumento para debilitar el poder de los señores feudales, otras para controlar su administración a través de corregidores y figuras semejantes. Estimularon la expansión de las ciudades (burgos) y promocionaron a sus habitantes (burguesía) con la finalidad de debilitar a aquellos señores, otorgándoles privilegios, unas veces con Cartas o Estatutos especiales otras con exenciones de tributos o franquicias, etc. Con la llegada de los primeros intentos democráticos en el siglo XIX, la ciudad se convirtió en una batalla por el poder del Estado, pues de su dominio dependía la conquista del poder de en dicho Estado. Las Cortes de Cádiz de 1812, sabedoras de este problema, decidieron que los “alcaldes, regidores y procuradores síndicos se nombrarán por elección en los pueblos...” 2. Fruto de ello, los Ayuntamientos comenzaron a ser elegidos por los vecinos, aunque de forma indirecta. En nuestra historia reciente la conquista del poder en las ciudades ha sido una lucha constante entre dos modelos de entender la administración local:
No olvidemos que la Segunda República española se proclamó después de
las elecciones locales de abril de 1931. Elección de sus órganos de poderHace unos pocos de años, enero de 2005, el Gobierno de este país presentó el “Libro Blanco para la Reforma del Gobierno Local” en el que se analizaban la situación de la Administración local, sus competencias y sus órganos de dirección entre otras cosas. Al reflexionar sobre el sistema electoral local, se dicen, entre otras lindezas (o barbaridades), los siguientes adefesios3 políticos:
Así de fuerte. La Administración Local de España en la actualidad está formada por varios tipos de Entidades4, entre las que destaca el Municipio, que es la entidad local básica . Prestan multitud de servicios y realizan actividades diversas que tocan todas las esferas de la vida social. Difieren mucho en su extensión y población, desde municipios muy pequeños hasta ciudades muy pobladas. Así, según la población oficial a 1 de enero de 20075, existe:
El gobierno y la administración municipal corresponden al Ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los Concejales, excepto en aquellos municipios que funcionan en régimen de Concejo Abierto, como veremos más adelante. Alrededor de ellos existen otros tipos de Administraciones locales: Entidades locales de Segundo Nivel que agrupan municipios y sirven para ayudar a realizar obras y servicios que los pequeños municipios solos no pueden llevar a cabo4 y Entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio4 a las que se les descentraliza la gestión de algunos servicios locales de menor relevancia. El sistema electoral local, de acuerdo con la Ley electoral actual , podemos subdividirlo en tres regímenes y algunas especialidades:
El sistema electoral en las otras Administraciones locales sigue las pautas del sistema general de los municipios con ligeras variaciones. En todas ellas está instalada la fórmula proporcional hasta los tuétanos, excepto en las Entidades Locales de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (EATIM) que los vecinos eligen directamente a un Alcalde Pedáneo y a los vocales de la Junta Vecinal . De acuerdo con lo expuesto, la elección de concejales no es democrática, pues al ciudadano solamente se le permite dar su voto o consentimiento a una Lista que él no ha confeccionado. Como mucho a los vecinos de municipios comprendidos entre 100 y 250 habitantes se les permite escoger libremente a los candidatos de unas Listas abiertas, pero confeccionadas por los Partidos o Agrupaciones. Los concejales no representan a los ciudadanos, son delegados del Partido o Agrupación que los colocó en ella. El partido político, que debería ser una máquina electoral de apoyo a uno (s) candidato (s), suplanta al ciudadano y le impone una Lista en la que ni siquiera puede ordenar según sus preferencias. La ventaja de los Municipios pequeños que eligen un Ayuntamiento de 7 concejales es que al ciudadano le resulta fácil conocer a cada uno de los candidatos, pero en las grandes ciudades que llegan a elegir 25, 29, 31 ó más concejales en cada una de de las Listas no es posible tal conocimiento. Es evidente el alejamiento que se produce entre el ciudadano y los regidores municipales y la distancia entre el elector y el elegido. Pero el problema principal, como hemos dicho antes, es la falta de representatividad de estas Listas que no representan a los vecinos de cada núcleo de población, barrio o distrito municipal. Las propuestas lanzadas en dicho Informe sobre el desbloqueo de las Listas para municipios menores de 1000 habitantes son parches en una rueda rota, pues vienen precedidas de una valoración negativa del desbloqueo generalizado y además aconsejan, en el caso de llevarse a cabo, salvaguardar al cabeza de Lista. Dos ejemplos de falta de representación son Madrid con 57 concejales y Barcelona con 41 concejales. Hacer de estas grandes ciudades una sola circunscripción o distrito electoral es una aberración electoral, un insulto al sentido común y una negación de la representación política. Precisamente estos municipios están divididos en distritos y estos en barrios con una personalidad acusada, conocidos incluso fuera de la Ciudad. ¿A quién estará más agradecido cada uno de los integrantes de estas Listas, a los electores que se limitan a refrendarla o a los que decidieron colocarle en un lugar destacado en ella? De igual forma, la elección del Alcalde no es democrática, ya que es elegido por unos concejales que no han sido elegidos democráticamente, así que el alcalde tampoco lo es, salvo en los municipios menores de 100 habitantes y las EATIM que, como ya sabemos, los vecinos lo eligen directamente. Al ser candidatos únicamente los cabezas de Lista se niega esa posibilidad a cualquier otro concejal. No es por tanto un consejo de iguales que, una vez formado, puede elegir a su Presidente o Jefe entre cualquiera de los que lo integran. De esta forma los dirigentes del Partido se aseguran que la persona que han designado como Cabeza de Lista no va a ser desplazada en el Ayuntamiento. Con esta argucia destrozan el carácter democrático que tiene el Ayuntamiento, como órgano colegiado. Esta crítica no vale para los municipios comprendidos entre 100 y 250 habitantes ya que en ellos, como ya se ha dicho, una vez formado el Ayuntamiento, pueden ser candidatos a Alcalde cualquier concejal. El sistema no garantiza que el cabeza de la Lista más votada sea el alcalde ya que un pacto entre Grupos puede dar el puesto de alcalde al cabeza de otra Lista, incluso minoritaria. Es por tanto un brindis al sol decir que el sistema funciona como si se tratase de una elección directa. El “Libro Blanco” comentado llega a decir que es más importante el papel del alcalde y de los ejecutivos por él designados en la organización municipal que la forma de su elección. Esta afirmación es una obscenidad política. Era más consecuente (aunque desde un punto de vista democrático sea inadmisible) la postura antigua de los absolutistas y de los franquistas que concebían al alcalde como un delegado del poder real o central. Al menos no presumían de demócratas. Las propuestas de reforma hacen circunloquios para evitar la democracia y repiten una y otra vez la doctrina reformista consabida: los municipios menores de 100 habitantes deben seguir igual, es aconsejable ampliar el sistema de los municipios comprendidos entre 100 y 250 a todos los menores de 1000 habitantes designando como Alcalde al Concejal que más votos haya obtenido, para los mayores de 1000 habitantes resultaría idóneo fuese elegido alcalde el cabeza de la Lista mas votada, etc. etc. Con lo sencillo que es decir: el Alcalde y los concejales se eligen directamente por los vecinos. En definitiva, el sistema electoral local de España está compuesto de pequeñas islas de democracia en un mar de oligarquías. Como alternativa democrática, sin ánimo de ser exhaustivo, se propone:
¿A que no es tan difícil? Falta voluntad política para dar el giro democrático.
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| ©02-2008. Lorenzo Alonso |